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La presencia del lavado de dinero en México

La presencia del lavado de dinero en México

Introducción


El lavado de dinero ha evolucionado con el transcurrir del tiempo, a causa de los avances tecnológicos que permite la adaptación de este fenómeno en el ambiente en la que se desarrolle, es por lo que existen leyes que establecen los lineamientos para su limitación y prevención, en el caso de México es el artículo 400 bis del Código Penal Federal (CPF).

Para prevenir el lavado de dinero es importante saber que existen organizaciones y grupos que se encargan de combatir dicha actividad.

Una de las organizaciones con alta relevancias en la prevención del lavado del dinero es el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), esta fue la primera en emitir las recomendaciones necesaria para el año 1990 y actualizadas en 2003.

Desarrollo


El lavado de activos puede ser identificado como aquella actividad o proceso en el que el dinero, bienes, derechos y recursos de origen ilícito o de naturaleza ilegal pro piamente dicha, pasan a un estatus de legalidad luego de ser enmascarado su viso de ilegitimidad para insertarse en la economía nacional e internacional. (Hernández, 2015)

En México existen varias instituciones que vigilan el lavado de dinero y su prevención, algunas leyes son:

Tabla 1 Instituciones y leyes

Las leyes han cambiado a causa de las estrategias que se implementan para el lavado de dinero, pero no existe ningún documento oficial emitido por instituciones para establecer bases para la identificación de dicha problemática, esto se debe a que existe dificultades en su detección; para ello es necesario la revisión de toda la información de la empresa o personas involucradas en el acto.

En caso de México existe la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, esta busca regular los actos y operaciones económicas que estén expuestas a la captación de dinero de dudosa procedencia. De igual manera existen actividades vulnerables que pueden ser receptoras de flujo de efectivo ligados al crimen organizado; como son:

• Juegos de apuesta
• Préstamos y créditos
• Compra y venta de joyería
• Compra y venta de obras de arte
• Compra y venta de medios de transporte
• Compra y venta de inmuebles

 

Fondo Monetario Internacional
Es una organización que contribuye con las políticas contra el lavado de dinero, el objetivo principal está relacionado con el socavan del sector financiero que perjudica las inversiones y los flujos de capitales en el extranjero.
El Fondo Monetario Internacional (FMI) tiene la iniciativa Stolen Asset Recovery (StAR), la cual consiste en la eliminación de los paraísos fiscales, es decir, todos los ingresos y bienes provenientes del lavado de dinero tengan una oportuna devolución.

El Grupo EGMONT
Es una organización la cual tiene como objetivo la cooperación de las entidades e instituciones que previenen el lavado de dinero, es decir, busca establecer normas para su mejoramiento continuo de la comunicación entre las unidades de inteligencia.

Para pertenecer en el grupo, los miembros deben de cumplir con los lineamientos que dicta el Grupo EGMONT, este se preocupa por su reputación y lo que representa, es por lo que debe de ser transparente, equitativo y eficaz.

Existen otras organizaciones que apoyan a la GAFI en la redacción de la normativa y en la aplicación de esta misma, un claro ejemplo es:
• Wolfsberg: Se centra en la redacción de la normativa.
• Comité de Basilea: Se encarga de la aplicación de las leyes establecidas.

Wolfsberg
Está integrado por los 12 bancos globales, los cuales desarrollan normas para identificar y prevenir los delitos financieros; los documentos que está organización emite se actualizan constantemente.

Comité de Basilea
Fue creado en 1975, está integrado por los bancos centrales del grupo de los diez (G10) y por dos países más que son España y Luxemburgo; este tiene como objetivo la supervisión del sistema bancario, es decir, fortalecer la seguridad de la fiscalización internacional.

El comité ha aprobado tres acuerdos los cuales se llaman de la siguiente manera:

• Basilea 1: Aprobado en 1988 la cual lleva como nombre “Acuerdo de Capitales de Basilea”

• Basilea 2: Se empleo en 2004 este acuerdo no tiene un nombre, es una actualización del acuerdo anterior; la cual consiste en cambios en las regularizaciones bancarias como consecuencia centrándose en la gestión de riesgos y la transparencia de la información.

• Basilea 3: Este acuerdo surgió como respuesta a la crisis financiera que existió en el 2008, esta buscaba la fortalecer la estabilidad financiera, pero de igual manera que el acuerdo anterior se centraba en la mejora de la gestión de riesgos y la transparencia. También menciona los requisitos para la liquidez y capital de los bancos.

Estas organizaciones internacionales son de alta relevancia, pero no son suficiente a causa de la deficiencia de la capacidad para la recepción de los países; en consecuencia, las naciones desarrollan sus propias leyes para la prevención del lavado de dinero.

En México, existen las leyes generales, estas leyes son inferiores a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Las leyes internacionales y nacionales generan una estructura y vigilancia que previenen el lavado de dinero, así como una mejor detección de esta problemática en bancos y empresas.                                                                                 Al aplicar leyes internacionales en un país, se debe de tener en cuenta que no será la base de dicho país.

En el caso de México su ley base es CPEUM; es por esta razón que serán aplicables algunos artículos de las organizaciones, pero no todos serán aplicables en el territorio nacional. En consecuencia, se desarrolla una brecha en las políticas y se da a conocer un término el cual se le conoce como “soft law o ley suave”.

La ley suave
Son normas y artículos con la naturaleza de no vinculantes, es decir, no son obligatorias, pero no carecen de un significado legal, es por ello por lo que esta serie de normativas, leyes, acuerdos, entre otros son débiles que a la legislación nacional o tradicional.

Para ser simplificado todas las leyes, normas, acuerdos reglas o legislación de organizaciones internacionales son consideradas como ley suave, ya que no es una ley base para la nación.

La ley suave tiene como consecuencia el problema de la corrupción, esto se debe que existen personas que hacen caso omiso de las leyes tanto de las nacionales como las internacionales, con esto para obtener un beneficio económico.

Conclusión


Con base a la revisión realizada en los documentos, se observa que existen actividades que son consideradas como vulnerables, estas acciones pueden ser objeto del dinero negro o gris y con esto poder legalizar esos recursos.

Estas actividades vulnerables son consideradas así por su facilidad de incorporar recursos de actividades ilícitas para el financiamiento de terrorismo y crimen organizado.

Para evitar el lavado dinero existen diversas organizaciones que vigilan y regularizan a las instituciones bancarias, esto por medio de las normas, legislaciones y reglamentos que cada una de ellas implementan, pero la principal de estas es el grupo de EGMONT, está se encarga de coordinar con las demás entidades para tener una comunicación sobre las estrategias y planes sobre los diferentes sucesos que se presentan; a menudo puedan surgir esta problemática.

De igual manera cada uno de los países implementa las leyes de las organizaciones que evitan el lavado de dinero, pero estas normas no son las principales para los territorios, ya que no es su máxima legislación.

Por lo anterior, los países que son miembros de las organizaciones que antes se mencionaron; aplican primero sus leyes, como en el caso de los Estados Unidos Mexicanos (la Constitución Política), como segunda parte se usa las normas generales (como son la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, CPF, CFF, entre otros) y por último todos los reglamentos que son redactados por las organizaciones que previenen el lavado de dinero.

Todas estas organizaciones tienen un objetivo en común prevenir el lavado de dinero y para ello implementan una serie de reglamentos, las cuales.

Referencias


About. (s/f). Wolfsberg-group.org. Recuperado el 16 de octubre de 2023, de https://wolfsberg-group.org/ about

Economía360. https://www.economia360.org/ comite-de-basilea/

Hernández, G. A., Pierre, M. G., Cuenca, A. M., Espinoza, L. G., & Montoya, L. G. (2015). El lavado de dinero en el
siglo XXI: una visión desde los instrumentos jurídicos internacionales, la doctrina y las leyes en América Latina y España.

Martínez, G., Álvarez, Y. I., y Silva, H. (2022). Empresas y prevención del lavado de dinero en México. 3C Empresa. Investigación y pensamiento crítico, 11(1), 67- 83. https://doi.org/10.17993/3cemp.2022.110149.67-83

Medellín de Dios, E. M., Casanova Rivera, J. A., & De La Rosa Escalante, C. G. (2023). Importancia de la educación tributaria en los jóvenes universitarios. IEE Boletín Fiscal, 1 (1).

Rosales C., M. I. (2022, marzo 3). Comité de Basilea: Definición, Qué es y Ejemplos.

Ruiz, R. (2023, septiembre 25). Acuerdos De Basilea – Qué Es, Definición Y Concepto. S&F; Seguros & Finanzas.https://www.segurosyfinanzashoy.com/ acuerdos-de-basilea-que-es-definicion-y-concepto/

Seminario, M. (2020, julio 10). Soft law o derecho blando y su papel en el derecho internacional. Grupo Atico34; Ático34 Protección de datos para empresas y autónomos. https://protecciondatos-lopd.com/ empresas/soft-law-derecho-blando/

Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Julio de 2009 (Tesis num. P. XXXVI-2009 de Suprema
Corte de Justicia, Pleno, 01-07-2009 (Tesis Aisladas)). (s/f). vLex. Recuperado el 30 de octubre de 2023, de https://vlex.com.mx/vid/tesis-jurisprudencial-plenoaislada- 70299202

Abreviaturas


CFF                      Código Fiscal de la Federación
CPEUM               Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
CPF                      Código Penal Federal
FMI                      Fondo Monetario Internacional
GAFI                    Grupo de Acción Financiera Internacional
LFPIORPI           Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
OCDE                  Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
SHCP                   Secretaria de hacienda y crédito público
StAR                    Stolen Asset Recovery
UIF                      Unidad de Inteligencia Financiera

Autores


José Francisco Gómez Martínez
Invitado IEE                                                                                                                                                                                              Estudiante de la Licenciatura en Contaduría Pública enla Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT), en la
División Académica de Ciencias Económico Administrativo.

 

Dra. Erika Marcela Medellín de Dios
Egresada IEE                                                                                                                                                                                            Doctora en Educación, Maestra en Impuestos y Licenciada en Contaduría Pública. Profesora Investigadora de la
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco. Contadora en el Despacho contable y fiscal independiente Casa Mede
asesoría contable, fiscal y administrativo. Asociada del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Tabasco.
Integrante del Padrón Estatal de Investigadores del Estado de Tabasco (PEI).

Dra. Heidi Gabriela Estrada Cálix
Invitada IEE                                                                                                                                                                                              Doctora en Educación por la Universidad Maya, Maestra en Administración y Licenciada en Contaduría Pública en la
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT); Profesora Investigadora de la UJAT en la División Académica de
Ciencias Económico Administrativas. Integrante del Padrón Estatal de Investigadores del Estado de Tabasco (PEI).

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